Actividad SEPIS

La Sociedad, al margen de las actuaciones formativas, lleva a cabo otros tipos de actividades en materia de consultoría y asistencia técnica a nuestras/os asociadas/os, otras Sociedades, Colegios Profesionales, Universidades y otras Administraciones Públicas.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE PSICOLOGÍA CLÍNICA Y DE LA SALUD (SEPCyS) Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE PSICOLOGÍA DE LA INTERVENCIÓN SOCIAL (SEPIS)

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE PSICOLOGÍA CLÍNICA Y DE LA SALUD (SEPCyS) Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE PSICOLOGÍA DE LA INTERVENCIÓN SOCIAL (SEPIS)

 

Sevilla, a 26 de octubre de 2023

 

OBJETIVO: El objeto del presente convenio es definir las bases de colaboración entre ambas instituciones intervinientes en la defensa, promoción y difusión de la profesión, con acciones tales como:  a) Organización de cursos formativos y actividades científicas dirigidas a estudiantes y profesionales de los ámbitos del conocimiento compartidos por ambas instituciones.  b) Participación en proyectos académicos, tecnológicos, programas de investigación y de desarrollo bilaterales o multilaterales.  c) Cooperación en programas de formación a profesionales de la psicología, personal académico e investigador.  d) Asesoramiento mutuo en todo lo relacionado a programas formativos y de investigación que desarrollen ambas entidades.  e) Fomento y contribución en actividades conjuntas y trabajos de investigación que promuevan la innovación en la docencia y en el ejercicio público y/o privado de la profesión de acuerdo con las diversas áreas de conocimiento.  f) Fomento de la defensa de la profesión.  g) Difusión de programas de Jornadas, conferencias, presentaciones técnicas, y otros actos que lleve a cabo ambas entidades y que se consideren de interés para sus personas asociadas. H) Elaboración de comunicados conjuntos en aquellas materias o circunstancias que se estimen pertinentes.

 

FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN: Cada entidad podrá comunicar a la otra el programa de Jornadas, conferencias, presentaciones técnicas, y otros actos que lleve a cabo, con el objeto de que las personas asociadas tengan conocimiento de éstas.   Las partes se comprometen a difundir entre sus personas asociadas los programas formativos que se realicen bien de forma conjunta, si fuera el caso, bien de forma individual por cada una de las Entidades intervinientes en el presente convenio, mediante su inserción en los medios de comunicación propios (página web, boletines, circulares, newsletter, etc.) siempre que se consideren de interés profesional por las partes.

 

BENEFICIOS PARA PERSONAS ASOCIADAS: Las personas asociadas a una de las entidades podrán beneficiarse de un descuento del 50% en la cuota de socio de la otra entidad durante primer año.

De igual forma las partes se comprometen a estudiar la aplicación de descuentos especiales en el precio de las tasas de matrícula y/o inscripciones de sus programas formativos abiertos a las personas asociadas de la otra entidad cuando así se estime.    

Asesoramiento técnico en las materias específicas de cada una de las sociedades que será canalizado a través de las respectivas juntas directivas.

ACUERDO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSITAT INTERNACIONAL VALENCIANA (VIU) Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE PSICOLOGIA DE LA INTERVENCIÓN SOCIAL

Valencia, a 20 de octubre de 2023

 

OBJETIVO: reforzar la colaboración conjunta para la formación de los/las estudiantes de VIU, con el objetivo de conseguir profesionales con visión real de los retos y problemáticas que plantea la vida profesional, preparando su incorporación futura al mercado laboral a través de la participación del COLABORADOR en actividades integradas en un Programa de Colaboración, en aras de impulsar la calidad y la excelencia de los programas impartidos por VIU, para el que las Partes convienen el desarrollo de actividades de colaboración.

 

PROGRAMA DE COLABORACIÓN: La colaboración entre ambas partes, que se promoverá a instancia de cualquiera de ellas, podrá contemplar la realización de actividades docentes, educativas y de investigación, así como los siguientes aspectos, que se enuncian a título enunciativo y no limitativo:

– Organización conjunta de actividades formativas, tales como cursos, congresos, seminarios, etc., sobre temas que respondan al interés mutuo de las instituciones firmantes.

– Realización de estudios y proyectos de investigación en aquellas áreas que se consideren de interés común.

– Asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con las actividades desarrolladas por ambas entidades.

– Intercambio de información y documentación.

– Cualquier otra actividad que, en el ámbito de este Acuerdo, redunde en beneficio mutuo.

 

CREACIÓN DE COMISIÓN MIXTA: Las Partes acuerdan la creación de una comisión mixta compuesta por representantes de VIU y representantes del COLABORADOR, que velará por el correcto desarrollo de las actividades integradas en el Programa de Colaboración recogido en el presente Convenio de Colaboración. Esta comisión mixta se encargará de definir y desarrollar las actividades formativas, docentes y de investigación del Programa de Colaboración contempladas en este Convenio, así como aquellas otras nuevas propuestas aceptadas por ambas partes. La comisión mixta se reunirá al menos una vez al año al inicio del curso académico y, en cualquier caso, dentro del último trimestre del año natural.